dc.description.abstract | La economía mundial ha tenido grandes transformaciones, dando cabida a cambios estructurales y a una nueva concepción de los procesos económicos. Nuestro país, inmerso durante mucho tiempo en una economía cerrada exclusiva de mercados nacionales, con una producción de mala calidad, producto de la falta de competencia, no pudo sustraerse a estos cambios y en los últimos veinte años, por la dinámica de la economía mundial, ha tenido que abrir sus fronteras al comercio y entrar de lleno al intercambio de mercancías, servicios e inversiones con desventajas enormes por la falta de tecnología, infraestructura, potencial de inversión y marco jurídico adecuado.
En este contexto, economía, política y derecho tienen la misma directriz y sus ámbitos se encuentran profundamente entrelazados. El dinamismo social y la realidad de los hechos, son unas de las razones por las que nuevas figuras, o nuevas aplicaciones de figuras ya existentes, proliferan en la segunda mitad del presente siglo. En este ámbito, se encuentra el auge experimentado por el hecho de la conexión entre contratos, y la consecuente necesidad de desentrañar las numerosas cuestiones que suscita en nuestro ordenamiento, muy especialmente el de la repercusión mutua de sus respectivas ineficacias, y el de la extensión de uno a otro de la responsabilidad nacida de ellos.
En la etapa económica actual, en nuestro país hemos visto cómo determinados contratos no contemplados en nuestra legislación tienen gran preponderancia en nuestra actividad económica cotidiana y, por ello, se hace necesario realizar un estudio al respecto para regular específicamente sus efectos. | en_US |