El derecho moral de autor en el entorno de internet
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Fecha de publicación
2010Autor(es)
Tipo
ArtículoMetadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
La divulgación de la cultura, expresión del pensamiento del hombre, debe de ir acompañada de una protección de los intereses legítimos de quienes la enriquecen con sus invenciones y creaciones, de quienes contribuyen a ella con sus inversiones y con su actividad empresarial. A esta protección se dedica la propiedad intelectual, atribuyendo derechos exclusivos y derechos de remuneración a los autores, artistas y empresarios dedicados a explotar las creaciones de aquellos, las actuaciones de éstos y el acceso a la información.
Ha sido precisamente el crecimiento vertiginoso de la difusión de los productos y servicios culturales e informativos lo que ha propiciado, por razón de necesidad, el desarrollo del derecho de autor y de los demás derechos intelectuales. Si Internet va a constituirse progresivamente en el principal medio de acceso a la cultura, eso quiere decir, que será el cauce más importante de explotación de bienes y servicios objeto de la propiedad intelectual. Pero no es posible una explotación sin la protección debida a las creaciones del intelecto. La garantía de esa protección, constituye un reto para el derecho intelectual a partir de su concepción inicial: la protección de la literatura y de la música.
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