dc.description.abstract | La presente investigación analizará la forma adecuada de implementar una efectiva protección jurídica a bienes intangibles de pueblos indígenas, en este caso son las artesanías como ECT producidas por los nahuas de San Miguel Tzinacapan, Cuetzalan del Progreso, Puebla.
En el plano internacional, las ECT se les da importancia a partir de 1960 por interés e iniciativa de los países en desarrollo, pues este tipo de bienes forman parte de la cultura de los pueblos indígenas; se debían alcanzar las metas mundiales de políticas públicas como la conservación de la diversidad biológica (Convenio sobre la Diversidad Biológica, de 1992), seguridad alimentaria, comercio justo y el desarrollo. Es en ese sentido que se opta por su protección a través de los sistemas de propiedad intelectual. En 1967 con el Convenio de Berna sobre la Protección de las Obras Literarias y Artísticas; en 1982 se adoptan las Disposiciones tipo OMPI-UNESCO para leyes nacionales; en 1996 con la adopción del Tratado de la OMPI sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas; en el año 2000 se creó el Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas, de las Naciones Unidas y el Comité Intergubernamental de la OMPI sobre Propiedad Intelectual y Recursos Genéticos, Conocimientos Tradicionales y Folclore.
Con la creación del Comité Intergubernamental de la OMPI sobre Propiedad Intelectual y Recursos Genéticos, Conocimientos Tradicionales y Folclore (CIG), esta temática se comienza a abordar a nivel internacional con la finalidad de discutir cuestiones de propiedad intelectual, siendo Colombia el pionero en impulsar la creación de ese organismo (Oviedo, A. y Gómez, L., 2015, p. 5).
Recibió los reflectores de la comunidad académica cerca del 2010 con trabajos de investigación como tesis y publicación de artículos en revistas científicas (Campos, 2010; García 2015; Meis, 2010). Actualmente en México es un tema que está en boga ya que en la última década se han expuesto por la sociedad, casos de apropiación ilegal de ECT por parte de empresas transnacionales, principalmente en la industria de la moda con el plagio de bordados y textiles pertenecientes a comunidades indígenas de Hidalgo, Oaxaca y Chiapas. Aunado a esto, a partir de 2018 se realizaron reformas a nuestro sistema de propiedad intelectual, incluyendo figuras novedosas de protección. | spa |