Audiencias en el olvido del IFT
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Fecha de publicación
2016-06-08Autor(es)
Tipo
ArtículoIdioma
EspañolMetadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
Uno de los grandes avances de la Reforma Constitucional en materia de telecomunicaciones y radiodifusión fue el reconocimiento de las audiencias –telespectadores y radioescuchas– como sujetos de derechos, y no sólo como meros consumidores, al incorporar en el artículo 6 Constitucional que “la ley establecerá los derechos de los usuarios de telecomunicaciones, de las audiencias, así como los mecanismos para su protección”.
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